martes, 29 de agosto de 2017

MISIÓN

La Policía Nacional tendrá como Misión permanente dar cumplimiento a lo señalado en el articulo 218 de la Constitución Política de Colombia, que estipula: “La Policia Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades publicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.

VISIÓN 
La Policía Nacional se consolidará en el 2022 como institución fundamental para la construcción de un país equitativo y en paz, garante y respetuoso de los derechos humanos, afianzando la convivencia y seguridad a través del control del delito, la educación ciudadana, prevención, mediación y articulación institucional e interinstitucional como ejes centrales del servicio. 
MEGA
Al 2018 la Policía Nacional será la Institución más reconocida, en virtud de la excelencia profesional de sus integrantes para brindar un servicio policial efectivo basado en el humanismo, solidario y cercano al ciudadano, afianzando la confianza, credibilidad y legitimidad Institucional.
GRADOS OFICIIALES
OFICIALES GENERALES
General
General
Teniente General
Teniente General
Mayor General
Mayor General
Brigadier General
Brigadier General
 
OFICIALES SUPERIORES
Coronel
Coronel
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mayor Coronel
Mayor CoronelOFICIALES SUBALTERNOS
Capitan
Capitan
Teniente
Teniente
Subteniente
Subteniente


GRADOS SUBOFICIALES
Sargento Mayor
Sargento Mayor
Sargento Segundo
Sargento Segundo
Sargento primero
Sargento primero
Cabo primero
Cabo primero
Sargento Viceprimero
Sargento Viceprimero
Cabo segundo
Cabo segundo
GRADOS NIVEL EJECUTIVO
Comisario
Comisario
Intendente
Intendente
Subcomisario
Subcomisario
Subintendente
Subintendente
Intendente jefe
Intendente jefe
Patrullero
Patrullero


jueves, 10 de julio de 2014

QUE ES UNA ESTRATEGIA

Una estrategia es un conjunto de acciones planificadas sistemáticamente en el tiempo que se llevan a cabo para lograr un determinado fin o misión. Proviene del idioma griegostratos, «ejército», y agein, «conducir», «guiar». Se aplica en distintos contextos como:
  • Estrategia empresarial: se refiere al conjunto de acciones planificadas anticipadamente, cuyo objetivo es alinear los recursos y potencialidades de una empresa para el logro de sus metas y objetivos de expansión y crecimiento empresarial.
  • Estrategia de marketing: está dirigida a generar productos y servicios que satisfagan las necesidades de los clientes, con mayor efectividad que la competencia, a fin de generar en el cliente lealtad hacia una empresa o una marca. Es una parte del marketing que contribuye en planear, determinar y coordinar las actividades operativas
  • Estrategia militar: se denomina de esta forma a la dirección las operaciones militares, que parte de un análisis de las condiciones del enemigo, tiempo, terreno y medios de combate, a fin de establecer el uso más eficiente de las potencialidades de las propias tropas, dirigidas a lograr la derrota del adversario al menor costo material, humano, político y económico posible. Para algunos es el conjunto de acciones que se desarrollan en el campo de batalla y las medidas tomadas para conducir un enfrentamiento armado.

REGLAMENTO DE TRABAJO

El reglamento de trabajo es un documento de suma importancia en toda empresa, debido a que se convierte en norma reguladora de las relaciones internas de la empresa con el trabajador.
El Reglamento Interno de Trabajo, siempre que no afecte los derechos mínimos del trabajador, es una herramienta indispensable para resolver los conflictos que se llegaren a presentar dentro de la empresa, y es tan importante que si no existiera, sería muy difícil sancionar a un trabajador por algún acto impropio, puesto que no habría ninguna sustentación normativa o regulatoria que ampare una decisión sancionatoria.
El reglamento interno del trabajo, se encarga de contemplar aquellos aspectos no contemplados de forma expresa por la ley, o que simplemente han quedado al libre albedrío de las partes.
El reglamento interno del trabajo está reglamentado por los artículos 104 a 125 delcódigo sustantivo del trabajo, considerando, claro está, las derogatorias que hizo el la ley 1429 de diciembre 29 de 2010.
Resulta pertinente recalcar la importancia del Reglamento Interno de Trabajo, puesto  que este será el que sirva de guía y de herramienta para mantener el orden dentro de la empresa.
Su importancia también se vislumbra al momento de tratar algún problema surgido con un trabajador, puesto que cualquier sanción debe estar contemplada en el reglamento, y si este no existe, la empresa tendrá dificultades si decide sancionar a un empleado sin las bases regulatorias y sin ofrecerle al trabajador un debido proceso, aspectos que deben estar en el Reglamento Interno de Trabajo.
No hay que olvidar que el empleador no puede imponer una sanción no prevista en el reglamento interno de trabajo, y si no hay reglamento no habrá posibilidad de sancionar a un empleado.

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

¿Qué es el impuesto de Industria y Comercio? 

Es el gravamen establecido sobre las actividades industriales, comerciales y de
servicios, a favor de cada uno de los distritos y municipios donde ellas se
desarrollan, según la liquidación privada (Diccionario Integrado Contable Fiscal.
CIJUF. 2002)

2. ¿Por qué se paga el impuesto de Industria y Comercio? 

Porque el Estado busca obtener recursos para cubrir sus necesidades a través de
impuestos creados por el mismo de acuerdo a un plan de desarrollo.
Estos ingresos corresponden a ingresos corrientes tributarios, en este caso a un
impuesto municipal.

3. ¿Cuáles son los contribuyentes que están obligados a pagar el impuesto
de Industria y Comercio? 


Toda persona natural o jurídica que en jurisdicción de un municipio determinado
ejerza una actividad industrial, comercial o de servicios, con o sin establecimiento,
debe registrarse en Industria y Comercio y pagar el impuesto correspondiente a su
actividad.

El impuesto de Industria y Comercio correspondiente a cada periodo gravable, se
liquida con base en los ingresos netos del contribuyente
obtenidos durante este período

LABOR DE LA DIAN

LABOR DE LA DIAN

  • Vigilancia y control de la entrada y salida de mercancías y medios de transporte por las fronteras, aguas territoriales o espacio aéreo.
  • Determinar y recaudar las obligaciones tributarias de la entrada y salida de mercancías.
  • La resolución de los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los importadores y exportadores.
  • Impedir las exportaciones e importaciones ilícitas.
  • La PREVENCIÓN, persecución y sanción de las infracciones aduaneras
  • Realizar seguimiento a solicitud de los contribuyentes y usuarios aduaneros, a los procesos de fiscalización, a fin de asegurar el cumplimiento del debido proceso.
  • Participar, si lo considera conveniente, como veedor en las reuniones donde se promuevan correcciones de declaraciones por parte de los contribuyentes y usuarios y velar porque una vez producida la respectiva corrección, las mismas sean respetadas por los funcionarios de laDIAN.
  • Participar en las reuniones de la Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera, y presentar a la misma un informe trimestral sobre el desarrollo de sus actividades.

FUNCIONES DE CAMARA DE COMERCIO

Funciones de las Cámaras de Comercio




Como personas juridicas de derecho privado cumplen por delegación legal algunas funciones publicas como es el caso de los registros públicos: mercantil, proponentes y entidades sin animo de lucro, carácter privado que no pierden por el hecho de que hayan recibido el encargo de cumplirlas. Estas funciones son expresamente señaladas en la Ley y han de cumplirse en la forma taxativa señalada en los ordenamientos que las consagran y las regulan, en consecuencia sus funicones regladas y las Cámaras solo actuan conforme a dichas reglas.
Pero desarrollan tambien funciones privadas, cuyo cumplimiento y desarrollo no está sometido a pautas o reglas determinadas en el mismo ordenamiento legal que las establece.
En este capítulo encontrará una relación de todas las funciones de las Cámaras de Comercio con su respectiva legislación.  

Código de Comercio 

Artículo 86o. Las Cámaras de Comercio ejercerán las siguientes funciones: 
  1. Servir de órgano de los intereses generales del comercio ante el gobierno y los comerciantes mismos;
  2. Adelantar investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio interior y exterior y formular recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales encargados de la ejecución de los planes respectivos;
  3. Llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en él inscritos, como se prevé en este código;
  4. Dar noticia en sus boletines u órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el registro mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones;
  5. Recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar sobre la existencia de las recopiladas;
  6. Designar el árbitro o los árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se lo soliciten;
  7. Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que les defieran los contratantes, en cuyo caso el tribunal se integrará por todos los miembros de la junta;
  8. Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores, como amigables componedores;
  9. Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados con sus objetivos;
  10. Dictar su reglamento interno que deberá ser aprobado por el Superintendente de Industria y Comercio
  11. Rendir en el mes de enero de cada año un informe o memoria al Superintendente de Industria y Comercio acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica de sus respectivas zonas, así como el detalle de sus ingresos y egresos, y
  12. Las demás que les atribuyan las leyes y el Gobierno Nacional.

ORGANIZACION SIN ANIMO DE LUCRO

ORGANIZACION SIN ANIMO DE LUCRO

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Una organización sin ánimo de lucro (OSAL), también conocida como organización sin fines de lucro (OSFL), organización no lucrativa (ONL), o entidad sin ánimo de lucro (ESAL), es una entidad cuyo fin no es la consecución de un beneficio económico sino que principalmente persigue una finalidad social y/o altruista y/o humanitaria y/o comunitaria. Este tipo de instituciones por lo general se financian gracias a ayudas y donaciones derivada de personas físicas, empresas, e instituciones y organizaciones de todo tipo, y en algunos casos (aunque no en todos) también se reciben ayudas estatales puntuales o regulares (en forma de subsidios, usufructo de fincas, exoneraciones fiscales o aduaneras, etc).1 2
Desde el punto de vista jurídico, lo más frecuente es que se organicen como una asociación, aunque también las hay que operan como fundaciónmutualidad, o cooperativa (las cooperativas pueden tener o carecer de ánimo de lucro).3 Por lo general, el excedente económico de la actividad de este tipo de instituciones, si lo hay, se reinvierte en su totalidad en obra social y/o en el desarrollo de la propia institución, o eventualmente queda (en todo o en parte) como reserva para el siguiente ejercicio.

Una asociación de tipo no lucrativo es una sociedad de personas de derecho privado, cuyo objeto social en ningún caso puede ser lucrativo.
Por sociedad de personas, debe entenderse que la afiliación a la institución por parte de las personas debe ser totalmente voluntaria, fundada sobre el intuitu personae, o sea que la afiliación no puede ser obligatoria, ni ser resultado de una situación de hecho.
Por actividad no lucrativa, debe entenderse que eventualmente podrá solicitarse un pago a compradores si lo que se les entrega a cambio son bienes y/o servicios, pero el precio cobrado por los mismos debe corresponderse aproximadamente con la cuantía de gastos asumidos por la asociación para obtener o generar esos bienes y servicios, así como para cubrir un prorrateo de otros gastos, como ser almacenaje, transporte, energía consumida, reparación de locales, etc. En definitiva, las actividades de la institución no deberían generar ni beneficios ni pérdidas en sumas importantes, y si beneficios hubiere, los mismos no deberán ser distribuidos a sus miembros sino reinvertidos en la propia institución y/o destinados a obras sociales comunitarias.